A/RES/78/171
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
22 de diciembre de 2023
Septuagésimo octavo período de sesiones
Tema 24 del programa
Desarrollo social
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 19 de diciembre de 2023
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/78/472, párr. 57)]
78/171.
Las personas con albinismo
La Asamblea General,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1 y recordando los
tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, entre ellos el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2 , el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales 3, la Convención Internacional sobre la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación Racial 4, la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad 5, la Convención sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación contra la Mujer 6 y la Convención sobre los Derechos del
Niño 7,
Reafirmando también la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y
el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 8 y las nuevas
iniciativas en pro del desarrollo social aprobadas en el vigésimo cuarto período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General 9, y el Programa de Acción Mundial
para los Impedidos 10,
Recordando su resolución 76/130, de 16 de diciembre de 2021, y sus
resoluciones anteriores relativas a las personas con albinismo,
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23-25972 (S)
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Ibid.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
Resolución S-24/2, anexo.
A/37/351/Add.1 y A/37/351/Add.1/Corr.1, anexo, secc. VIII, recomendación 1 (IV).
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