A/HRC/RES/38/16 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 19 de julio de 2018 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 38º período de sesiones 18 de junio a 6 de julio de 2018 Tema 4 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de julio de 2018 38/16. La situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre la República Árabe Siria, Reafirmando también su firme determinación de que se respeten plenamente la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Árabe Siria, Exigiendo que las autoridades sirias cumplan su obligación de proteger a la población siria, Condenando la grave situación de los derechos humanos en toda la República Árabe Siria, Condenando también los ataques indiscriminados o deliberados contra civiles, en violación del derecho internacional humanitario, y recordando la obligación de todas las partes en el conflicto de tomar todas las precauciones posibles para evitar y, en cualquier caso, reducir al mínimo, los daños a civiles y bienes de carácter civil, incluidas las escuelas y las instalaciones médicas, y la prohibición de atacar, sustraer, destruir o inutilizar los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, como las instalaciones de agua potable, los suministros y los artículos alimenticios, Expresando profunda preocupación por la situación de las mujeres, los niños y los desplazados internos, que siguen estando entre los más vulnerables a la violencia, Reiterando que solamente se alcanzará una solución sostenible al conflicto actual en la República Árabe Siria mediante un proceso político inclusivo, dirigido y asumido como propio por los sirios, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, que cuente con la participación plena y efectiva de las mujeres, con igualdad de voz, en todos los esfuerzos y en la adopción de decisiones, de conformidad con el comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012 y las resoluciones del Consejo de Seguridad 2118 (2013), de 27 de septiembre de 2013, y 2254 (2015), de 18 de diciembre de 2015, con miras a establecer una forma de Gobierno creíble, inclusiva y no sectaria, y apoyando al Enviado Especial del Secretario General para Siria en sus esfuerzos encaminados al logro de ese fin, GE.18-11931 (S) 220818  230818

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