A/RES/76/133
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
5 de enero de 2022
Septuagésimo sexto período de sesiones
Tema 28 del programa
Desarrollo social
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 16 de diciembre de 2021
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/76/454, párr. 51)]
76/133.
Políticas y programas inclusivos para abordar la falta de hogar, en
particular después de la enfermedad por coronavirus (COVID-19)
La Asamblea General,
Recordando la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, celebrada en
Copenhague del 6 al 12 de marzo de 1995, y el vigésimo cuarto período extraordinario
de sesiones de la Asamblea General, titulado “La Cumbre Mundial sobre Desarrollo
Social y el futuro: en pos del desarrollo social para todos en el actual proceso de
mundialización”, que se celebró en Ginebra del 26 de junio al 1 de julio de 2000, así
como sus resultados,
Reafirmando que la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y el
Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 1 y las nuevas
iniciativas de desarrollo social aprobadas por la Asamblea General en su vigésimo
cuarto período extraordinario de sesiones 2 constituyen el marco básico para la
promoción del desarrollo social para todos centrado en las personas, y alentando un
diálogo mundial permanente sobre las cuestiones relativas al desarrollo social,
Recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales 3, en el que, entre otras cosas, se reconoce el derecho de toda persona a un
nivel de vida adecuado, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una
mejora continua de las condiciones de existencia,
Recordando también su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada
“Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la
que reconoció que había que asegurar el acceso de todas las personas a una vivienda
adecuada, segura y asequible y a los servicios básicos, y establecer sistemas y
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21-19157 (S)
Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
Resolución S-24/2, anexo.
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
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