Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/70/219
Distr. general
15 de febrero de 2016
Septuagésimo período de sesiones
Tema 24 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2015
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/70/476/Add.2)]
70/219. La mujer en el desarrollo
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 50/104, de 20 de diciembre de 1995, 52/195,
de 18 de diciembre de 1997, 54/210, de 22 de diciembre de 1999, 56/188, de 21 de
diciembre de 2001, 58/206, de 23 de diciembre de 2003, 59/248, de 22 de diciembre
de 2004, 60/210, de 22 de diciembre de 2005, 62/206, de 19 de diciembre de 2007,
64/217, de 21 de diciembre de 2009, 66/216, de 22 de diciembre de 2011, 68/227,
de 20 de diciembre de 2013, 69/236, de 19 de diciembre de 2014, y todas las demás
resoluciones relativas a la mujer en el desarrollo, así como las resoluciones
pertinentes y las conclusiones convenidas aprobadas por la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer, incluidas las declaraciones aprobadas en
sus períodos de sesiones 49º 1 y 54º 2,
Reafirmando la Declaración del Milenio 3, en la que se afirma que se debe
garantizar la igualdad de derechos y oportunidades de homb res y mujeres y se insta,
entre otras cosas, a promover la igualdad de género y el empoderamiento de la
mujer como medios eficaces y esenciales de erradicar la pobreza y el hambre,
combatir las enfermedades y estimular un desarrollo verdaderamente sostenib le,
Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada
“Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la
que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarr ollo Sostenible y metas
universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su
compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de
la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicació n de la
pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el
mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable
para el desarrollo sostenible, su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus
tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e
_______________
1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2005, Suplemento núm. 7 y corrección
(E/2005/27 y Corr.1), cap. I, secc. A.
2
Ibid., 2010, Suplemento núm. 7 y corrección (E/2010/27 y Corr.1), cap. I, secc. A.
3
Resolución 55/2.
15-16973 (S)
*1516973*