A/RES/76/151
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
6 de enero de 2022
Septuagésimo sexto período de sesiones
Tema 73 del programa
Derecho de los pueblos a la libre determinación
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 16 de diciembre de 2021
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/76/461, párr. 20)]
76/151.
Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos
humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos
a la libre determinación
La Asamblea General,
Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre el tema, incluida la
resolución 75/171, de 16 de diciembre de 2020, y las resoluciones del Consejo de
Derechos Humanos sobre el tema, incluida la resolución 48/5, de 7 de octubre de
2021, así como todas las resoluciones aprobadas por la Comisión de Derechos
Humanos a este respecto,
Recordando también todas sus resoluciones pertinentes en las que, entre otras
cosas, condenó a todos los Estados que permitieran o toleraran el reclutamiento, la
financiación, el entrenamiento, la concentración, el tránsito o la utilización de
mercenarios con el objetivo de derrocar a Gobiernos de Estados Miembros de las
Naciones Unidas, especialmente de países en desarrollo, o de luchar contra
movimientos de liberación nacional, y recordando además las resoluciones y los
instrumentos internacionales pertinentes aprobados por la Asamblea General, el
Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social y la Organización de la Unidad
Africana, entre otros, la Convención de la Organización de la Unidad Africana para la
Eliminación de la Actividad de Mercenarios en África 1, así como por la Unión Africana,
Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones
Unidas relativos al estricto respeto de los principios de igualdad soberana,
independencia política, integridad territorial de los Estados, libre de terminación de los
pueblos, no utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones
internacionales y no injerencia en los asuntos de jurisdicción interna de los Estados,
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1
21-19179 (S)
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1490, núm. 25573.
040122
*2119179*
110122